
Por lo tanto, la Comisión ha multado a Apple y Meta con 500 millones de euros y 200 millones de euros, respectivamente.
Ambas decisiones se adoptan tras un amplio diálogo con las empresas afectadas, que les permite exponer en detalle sus puntos de vista y argumentos.
Decisión de incumplimiento sobre los términos de dirección de Apple
Bajo la DMA, los desarrolladores de aplicaciones que distribuyen sus aplicaciones a través de la App Store de Apple deberían poder informar a los clientes, de forma gratuita, de ofertas alternativas fuera de la App Store, dirigirlos a esas ofertas y permitirles realizar compras.
La Comisión constató que Apple incumple esta obligación. Debido a una serie de restricciones impuestas por Apple, los desarrolladores de aplicaciones no pueden beneficiarse plenamente de las ventajas de los canales de distribución alternativos fuera de la App Store. Del mismo modo, los consumidores no pueden beneficiarse plenamente de ofertas alternativas y más baratas, ya que Apple impide que los desarrolladores de aplicaciones informen directamente a los consumidores de dichas ofertas. La empresa no ha demostrado que estas restricciones sean objetivamente necesarias y proporcionadas.
Decisión de incumplimiento sobre el modelo de «consentimiento o remuneración» de Meta
En virtud de la Ley de Mercados Digitales, los guardianes de acceso deben solicitar el consentimiento de los usuarios para combinar sus datos personales entre servicios. Aquellos usuarios que no consientan deben tener acceso a una alternativa menos personalizada pero equivalente.
En noviembre de 2023, Meta introdujo un modelo de publicidad binario de «consentimiento o pago». Bajo este modelo, los usuarios de Facebook e Instagram de la UE podían elegir entre consentir la combinación de datos personales para publicidad personalizada o pagar una suscripción mensual por un servicio sin publicidad.
La Comisión constató que este modelo no es conforme con la Ley de Mercados Digitales, ya que no ofrecía a los usuarios la opción específica necesaria para optar por un servicio que utiliza menos datos personales pero que, por lo demás, es equivalente al servicio de «anuncios personalizados». El modelo de Meta tampoco permitía a los usuarios ejercer su derecho a consentir libremente la combinación de sus datos personales.
La Comisión también constató que el servicio de intermediación en línea de Meta, Facebook Marketplace, ya no debía designarse con arreglo a la Ley de Mercados Digitales. La decisión se adopta a raíz de una solicitud presentada por Meta el 5 de marzo de 2024 para reconsiderar la designación de Marketplace. Tras una cuidadosa evaluación de los argumentos de Meta y como resultado de las medidas adicionales de ejecución y seguimiento continuo de Meta para contrarrestar el uso del mercado entre empresas y consumidores, la Comisión constató que el mercado tenía menos de 10 000 usuarios profesionales en 2024. Por lo tanto, Meta ya no cumple el umbral pertinente, lo que da lugar a la presunción de que Marketplace es una puerta de entrada importante para que los usuarios profesionales lleguen a los usuarios finales.